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Derecho |
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Dentro de la función de extensión universitaria, se
entiende por educación continua, continuada o formación permanente, la actividad
o conjunto de actividades académicas que se ofrecen a la comunidad en general y
que tienen como propósito la actualización, complementación y profundización de
conocimientos, el desarrollo de habilidades y fortalecimiento de competencias,
con programas flexibles de corta o mediana duración no conducentes a título, de
carácter presencial, semipresencial o virtual.
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