Aumentar texto Resetear texto Reducir texto
Encuéntranos en:

facebooktwitteryoutube

acreditacion ces

Propiedad Intelectual

 

Qué dice la Universidad en cuanto a la propiedad intelectual?


Toda creación del intelecto exige un reconocimiento legal que implica derechos y deberes. La Universidad CES, tiene como propósito mantener un marco normativo que ayude a impulsar el desarrollo de una cultura de propied d intelectual en todos los procesos, procedimientos y actividades que generen conocimiento.

 

Quienes se benefician?

Art. 9
Docentes, Empleados, Investigadores, Estudiantes, Particular o Tercero.

 

Qué derechos poseen los titulares?

Art. 10

  • A que se le respeten y reconozcan sus derechos morales y/o patrimoniales de autor que por Ley le correspondan.


A que se le respete y reconozca su titularidad como creador, diseñador, obtentor o inventor y la titularidad sobre la propiedad industrial cuando le correspondan.

 

A que se le respete su libertad y autonomía para escoger la forma como debe ser protegida, publicada,
comercializada o explotada, su creación, obra, invención, diseño u obtención, siempre y cuando sea titular
de la misma, sin perjuicio de lo consagrado en este reglamento.

 

A solicitar y recibir la orientación que requiera en materia de propiedad intelectual, desde las etapas
previas de producción de conocimiento o innovación, hasta su culminación, incluyendo cualquier etapa o
proceso posterior como la explotación, publicación y comercialización.

 

A participar en los programas o jornadas especiales de propiedad intelectual que se desarrollen en la
Universidad.

 

Qué dice la Universidad en términos de derechos de autor?

Art. 14

Los derechos de autor son los derechos que se le reconocen por ley a los creadores, autores o titulares de las
producciones del intelecto humano, sean ellas literarias, artísticas, científicas, de software, de bases de datos, o
cualquiera otra, que puedan reproducirse o definirse por cualquier forma de impresión o de reproducción o por
cualquier otro medio conocido o por conocer.
Los derechos de autor se dividen en dos: morales y patrimoniales.
Los derechos morales son un conjunto de derechos que tiene todo autor o creador de una obra y que le confieren a éste la potestad de reclamar la paternidad sobre su creación y la mención de su nombre cuando la obra se use o describa; la facultad de modificarla y en general, la atribución de disponer de su obra. Estos derechos son irrenunciables, imprescriptibles, intransferibles, inembargables e inalienables.
Los derechos patrimoniales son un conjunto de derechos de contenido económico o patrimonial, que recaen sobre el titular, que puede ser o no el mismo autor de la obra o creación, derechos tales como la reproducción, traducción, adaptación, entre otros. Estos derechos son renunciables, prescriptibles, embargables, negociables y transferibles.

 

Descargar el manual completo de propiedad intelectual de la Universidad CES

 

 

Normatividad nacional y mundial acerca de los derechos de autor

  

Descargar el texto completo de la Ley 23 de 1982

 

Descargar el texto completo de la circular nro.6 

 

Constitución Política de Colombia, artículo nro. 61: El Estado protegerá la propiedad intelectual por el tiempo y mediante las formalidades que establezca la ley

 

Descargar el texto completo de la Decisión Andina 351 de 1993 

 

Descargar el texto completo del Código Penal Capitulo VIII delitos de los derechos de autor

 

 

Convenios

 

Descargar el texto completo del Convenio de Berna

 

Descargar el texto completo del Convenio de Roma

 

 

logo renatalogo ruanalogo paheflogo universialogo pan saludlogo tecnovalogo icetexlogo parqueelogo pormibebelogo biointropic2

Universidad CES Calle 10 A No. 22 - 04 Contact center: 444 0059 CONMUTADOR: 444 05 55 Medellín - Colombia - Suramérica