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Visas para extranjeros en Colombia

ESTUDIANTES REGULARES PREGRADO-POSTGRADOS

Estimado Estudiante extranjero, si su deseo es realizar estudios regulares de pregrado o postgrado en la Universidad CES, le recomendamos tener presente los siguientes documentos y requisitos necesarios para viajar a Colombia y durante su estadía:

 

VISA:
Es competencia discrecional del Gobierno de Colombia, autorizar mediante visa, el ingreso y la permanencia de personas extranjeras al territorio colombiano. En este sentido, corresponde al Grupo de Trabajo de Visas e Inmigración o a los Consulados de Colombia, otorgar, inadmitir o negar el otorgamiento del visado.

Todo estudiante extranjero que pretenda realizar actividades académicas en la Universidad CES de pregrado o postgrado, debe solicitar visa de estudiante en el consulado de Colombia más cercano a su lugar de residencia.

VISA DE ESTUDIANTE:

Podrá otorgarse al extranjero que pretenda cursar estudios en establecimientos educativos públicos o privados reconocidos por el Gobierno Nacional de Colombia, con una intensidad horaria mínima de diez (10) horas semanales o en virtud de programas de intercambio estudiantil o para realizar práctica laboral o pasantía como requisito académico dentro del programa de estudios.

Requisitos:

  • Pagar el estudio de la visa. Valor aproximado: USD 15
  • Pasaporte o documento de viaje vigente en buen estado, con mínimo dos páginas en blanco.
  • Dos (2) fotos 3x3 recientes, de frente, a color, fondo blanco.
  • Fotocopia del certificado de admisión o de matrícula expedido por el establecimiento educativo; o fotocopia auténtica del convenio celebrado entre la entidad patrocinante y el establecimiento educativo por el cual éste se compromete a aceptar al estudiante amparado por un convenio interinstitucional, cuando se trate de estudiante de intercambio.
  • Fotocopia de la resolución de reconocimiento de personería jurídica del establecimiento educativo.
  • Carta de quien responda económicamente por el extranjero y los documentos que demuestren su solvencia económica.
  • Certificación o constancia del organismo internacional, entidad pública o privada que otorga la beca, en los casos de estudiantes becados.
  • Autorización de los padres y designación del responsable del estudiante durante su permanencia en el país, autenticada ante notario o Cónsul colombiano, cuando se trate de menores de edad.
  • Documento con el cual se acredite que dentro del programa de estudios se requiere de práctica laboral o pasantía como requisito académico, cuando se trate de estudiante-practicante.

    Nota: Es importante ingresar AQUÍ para mayor información.


UNA VEZ INGRESA A COLOMBIA TENER EN CUENTA:

  1. Verificar que las autoridades migratorias coloquen en el pasaporte el sello de ingreso y el término de permanencia autorizado.
  2. Si es titular de una visa registrable, es decir, una visa de residente, inmigrante o temporal (la visa de estudiante es temporal), con vigencia superior a (3) meses (90 días), debe tramitar una cédula de extranjería dentro de los 15 días calendario siguientes de haber ingresado al país. (Si la visa fue expedida en Colombia, debe registrarla dentro de los 15 días calendario siguiente, a partir de su expedición). Sí no registra la visa dentro de los plazos establecidos, debe presentarse en la oficina de extranjería del DAS y manifestar su incumplimiento y tendrá que cancelar una sanción económica. LE PEDIMOS EL FAVOR DE HACER ESTE PROCESO ADECUADAMENTE PARA EVITARSE SANCIONES ECONÓMICAS.

    La cedula de extranjería Es un documento de identidad que se otorga a los extranjeros, mayores de 18 años de edad, que sean titulares de una visa superior a 3 meses. Se otorga con una vigencia igual a la duración de la visa. La cédula de extranjería debe tramitarse ante la oficina de Extranjería del DAS(Dirección: Calle 19 80 A-40 Medellín - Antioquia, teléfono: 341 53 99; 238 17 28, ext. 25, Fax: 256 5608, Correo Electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. /t_self" data-mce-href="mailto: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. /t_self"> Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. , Web: http://www.das.gov.co/ ) presentando los siguientes documentos: Pasaporte vigente, 2 fotocopias de la visa, 3 fotos de 3x4 cm fondo azul, de frente y recientes, recibo de consignación de los derechos, grupo sanguíneo RH, diligenciar el formulario de solicitud (formato único de trámites), lo puede obtener en las oficinas de extranjería o en el Portal Web www.das.gov.co

    Nota: Si cumple 18 años durante su estadía en Colombia y posee visa registrable, debe llevar a cabo el mismo procedimiento una vez alcance la mayoría de edad.

ESTUDIANTES INTERCAMBIO CORTA DURACIÓN

 

Estimado Estudiante extranjero, si su deseo es realizar un intercambio de corta duración en la Universidad CES, le recomendamos tener presente los siguientes documentos y requisitos necesarios para viajar a Colombia y durante su estadía:

VISA:
Es competencia discrecional del Gobierno de Colombia, autorizar mediante visa, el ingreso y la permanencia de personas extranjeras al territorio colombiano. En este sentido, corresponde al Grupo de Trabajo de Visas e Inmigración o a los Consulados de Colombia, otorgar, inadmitir o negar el otorgamiento del visado.

Todo estudiante extranjero que pretenda realizar actividades académicas en la Universidad CES debe solicitar visa de estudiante o visa visitante temporal en el consulado de Colombia más cercano a su lugar de residencia.


VISA VISITANTE TEMPORAL:


La primera visa visitante temporal deberá tramitarse siempre en los Consulados de Colombia en el exterior. En los demás casos podrá otorgarse en Bogotá siempre y cuando tenga visa vigente.

Podrá otorgarse al extranjero que requiera visa visitante temporal conforme a lo señalado en la Resolución 5707 de 2008 y pretenda ingresar al país sin el ánimo de establecerse, con el propósito de participar en actividades académicas, en seminarios, conferencias, simposios, exposiciones; cursos o estudios no regulares, que en todo caso no superen un semestre académico.

Requisitos:

  • Pagar el estudio de la visa. Valor aproximado: USD50
  • Pasaporte o documento de viaje vigente en buen estado, con mínimo dos páginas en blanco.
  • Dos (2) fotos 3x3 recientes, de frente, a color, fondo blanco.
  • Documentos que demuestren la actividad que el extranjero viene a desarrollar en el país.
  • Documentos que comprueben que su capacidad económica es suficiente para la(s) actividad(es) que desarrollará en el país.
  • En el caso de ser invitado, carta y documento que acredite la solvencia económica de la persona que invite o se responsabilice del extranjero durante su permanencia y salida de Colombia.
  • Describir las actividades que pretende desarrollar en Colombia.
  • Fotocopia o información electrónica de los respectivos pasajes de salida del país.
  • Nota: Es importante ingresar AQUÍ para mayor información.

 

UNA VEZ INGRESA A COLOMBIA TENER EN CUENTA:

Verificar que las autoridades migratorias coloquen en el pasaporte el sello de ingreso y el término de permanencia autorizado.

PROFESORES Y/O VISITANTES

Respetado docente extranjero, con el fin de prestar servicios de docencia en la Universidad CES, le recomendamos tener presente los siguientes documentos y requisitos necesarios para viajar a Colombia y durante su estadía:

VISA:

Es competencia discrecional del Gobierno de Colombia, autorizar mediante visa, el ingreso y la permanencia de personas extranjeras al territorio colombiano. En este sentido, corresponde al Grupo de Trabajo de Visas e Inmigración o a los Consulados de Colombia, otorgar, inadmitir o negar el otorgamiento del visado.

Todo docente extranjero que pretenda realizar actividades de docencia en la Universidad CES debe solicitar visa de trabajador en el consulado de Colombia más cercano a su lugar de residencia. En caso de ser visitante con el propósito de participar en actividades académicas de corta duración debe solicitar visa visitante temporal.

 


VISA DE CORTESÍA

Esta visa debe ser solicitada en los consulados de Colombia en el exterior y a través de esta visa, el docente extranjero podrá realizar una actividad remunerada por la Universidad CES, sin que ello constituya una relación laboral.

Se otorga a:  personalidades de reconocido prestigio internacional en razón de su especial prestancia intelectual, profesional, cultural, académica, científica, política, empresarial, comercial, social, deportiva o artística, cuyo propósito sea ingresar por un máximo de seis (6) meses a Colombia, como jurado internacional de tesis en maestría o doctorado; o como conferencista, docente universitario en el marco de programas de pregrado, cursos especializados de educación superior, postgrado, maestría o doctorado; o como invitado para hacer parte de procesos y/o actividades de fortalecimiento en investigación; o como personalidad de reconocido prestigio internacional invitada en desarrollo de proyectos y programas que promuevan la transferencia de conocimientos y de nuevas tecnologías en distintas disciplinas.

Requisitos:

  • Copia de representación legal Y jurídica de la Universidad CES.

  • El docente debe dirigirse al respectivo consulado o embajada de Colombia en el exterior a solicitar la visa adjuntando carta escrita de la Universidad CES dirigida al representante de la embajada o consulado en la ciudad y país donde se localice el docente avalando la solicitud, junto con la siguiente información del docente: Nombre completo; Nacionalidad; No. de Pasaporte; Actividad a realizar en la Universidad de manera detallada; Fecha de ingreso y egreso de Colombia; Las especiales calidades que tiene el extranjero que justifica su presencia en la Universidad (algo como una hoja de vida).

  • Presentar su pasaporte con vigencia mínima de tres (3) meses, en buen estado, con mínimo tres (3) hojas en blanco.

  • Dos fotocopias de la página principal del pasaporte vigente donde aparecen registrados los datos personales del titular, así como de la página que contenga la última visa colombiana si la tuviere y la del último sello de ingreso o salida de Colombia, según el caso.

  • Diligenciar correctamente el formulario SC-FO-15 de "solicitud de visa" y una fotocopia. (Recuerde firmar el formulario)

  • Tres (3) fotografías recientes, de frente, a color, fondo claro, de 3cmX3cm.

  • Documentos que acrediten alguna de las condiciones o calidades indicadas para poder solicitar este tipo de visa y una fotocopia.

    Nota: Es importante ingresar AQUÍ para mayor información.

UNA VEZ INGRESA A COLOMBIA TENER EN CUENTA:

Verificar que las autoridades migratorias coloquen en el pasaporte el sello de ingreso y el término de permanencia autorizado.

VISA DE TRABAJADOR:

La primera visa temporal trabajador deberá tramitarse siempre en los Consulados de Colombia en el exterior. En los demás casos podrá otorgarse en Bogotá, siempre y cuando tenga visa vigente.

Podrá otorgarse al extranjero contratado por empresa, entidad o Institución pública o privada o persona natural que pretende ingresar o permanecer en el país para efectuar un trabajo en su especialidad; al personal trasladado desde el exterior para cubrir un cargo especifico en empresa colombiana.

 

Requisitos:

  • Pagar el estudio de la visa. Valor aproximado: USD 50
  • Pasaporte o documento de viaje vigente en buen estado, con mínimo dos páginas en blanco.
  • Dos (2) fotos 3x3 recientes, de frente, a color, fondo blanco.
  • Formulario de resumen del contrato diligenciado, firmado y autenticado por las partes ante notario o Cónsul colombiano.
  • Acreditar idoneidad, cuando se trate del ejercicio de una profesión regulada mediante el permiso correspondiente, licencia o permiso provisional para desempeñar en Colombia la profesión respectiva, otorgado por la autoridad competente, según corresponda. 

  • Para otros cargos, carta de la entidad contratante (en este caso el CES) certificando idoneidad con base en la experiencia en el oficio o actividad a desarrollar en Colombia.

    Nota: Es importante ingresar AQUÍ para mayor información.

 


UNA VEZ INGRESA A COLOMBIA TENER EN CUENTA:

  1. Verificar que las autoridades migratorias coloquen en el pasaporte el sello de ingreso y el término de permanencia autorizado.
  2. Si es titular de una visa registrable, es decir, una visa de residente, inmigrante o temporal (la visa de trabajador es temporal), con vigencia superior a (3) meses (90 días), debe tramitar una cédula de extranjería dentro de los 15 días calendario siguientes de haber ingresado al país. (Si la visa fue expedida en Colombia, debe registrarla dentro de los 15 días calendario siguiente, a partir de su expedición). Sí no registra la visa dentro de los plazos establecidos, debe presentarse en la oficina de extranjería del DAS y manifestar su incumplimiento y tendrá que cancelar una sanción económica. LE PEDIMOS EL FAVOR DE HACER ESTE PROCESO ADECUADAMENTE PARA EVITARSE SANCIONES ECONÓMICAS.

    La cedula de extranjería Es un documento de identidad que se otorga a los extranjeros, mayores de 18 años de edad, que sean titulares de una visa superior a 3 meses. Se otorga con una vigencia igual a la duración de la visa. La cédula de extranjería debe tramitarse ante la oficina de Extranjería del DAS (Dirección: Calle 19 80 A-40 Medellín - Antioquia, teléfono: 341 53 99; 238 17 28, ext. 25, Fax: 256 5608, Correo Electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. /t_self" data-mce-href="mailto: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. /t_self"> Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla. , Web: http://www.das.gov.co/ ) presentando los siguientes documentos: Pasaporte vigente, 2 fotocopias de la visa, 3 fotos de 3x4 cm fondo azul, de frente y recientes, recibo de consignación de los derechos, grupo sanguíneo RH, diligenciar el formulario de solicitud (formato único de trámites), lo puede obtener en las oficinas de extranjería o en el Portal Web www.das.gov.co


VISA DE VISITANTE TEMPORAL:
La primera visa visitante temporal deberá tramitarse siempre en los Consulados de Colombia en el exterior. En los demás casos podrá otorgarse en Bogotá siempre y cuando tenga visa vigente.

Podrá otorgarse al extranjero que requiera visa visitante temporal conforme a lo señalado en la Resolución 5707 de 2008 y pretenda ingresar al país sin el ánimo de establecerse, con el propósito de participar en actividades académicas, en seminarios, conferencias, simposios, exposiciones; cursos o estudios no regulares, que en todo caso no superen un semestre académico; al extranjero que venga a recibir o prestar capacitación a entidades públicas o privadas. En todo caso siempre y cuando no exista vínculo laboral.

 


Requisitos:

  • Pagar el estudio de la visa. Valor aproximado: USD 50
  • Pasaporte o documento de viaje vigente en buen estado, con mínimo dos páginas en blanco.
  • Dos (2) fotos 3x3 recientes, de frente, a color, fondo blanco.
  • Documentos que demuestren la actividad que el extranjero viene a desarrollar en el país.
  • Documentos que comprueben que su capacidad económica es suficiente para la(s) actividad(es) que desarrollará en el país.
  • En el caso de ser invitado, carta y documento que acredite la solvencia económica de la persona que invite o se responsabilice del extranjero durante su permanencia y salida de Colombia.
  • Describir las actividades que pretende desarrollar en Colombia.
  • Fotocopia o información electrónica de los respectivos pasajes de salida del país.

    Nota: Es importante ingresar AQUÍ para mayor información.

 


UNA VEZ INGRESA A COLOMBIA TENER EN CUENTA:

Verificar que las autoridades migratorias coloquen en el pasaporte el sello de ingreso y el término de permanencia autorizado.

MAYORES INFORMES:
www.gobiernoenlinea.gov.co/entidad.aspx?entID=238
http://www.das.gov.co/

http://www.cancilleria.gov.co/services/abroad/visas/temporary/student  
http://www.cancilleria.gov.co/services/colombia/visas/temporary
http://www.cancilleria.gov.co/services/colombia/visas/courtesy
http://www.cancilleria.gov.co/services/colombia/visas/business
http://www.cancilleria.gov.co/services/colombia/visas/crew
http://www.cancilleria.gov.co/services/colombia/visas/resident
http://www.cancilleria.gov.co/services/colombia/visas/visitor

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